El padre había revocado el permiso sin aviso, y frustró un viaje al exterior de la madre y niña. No tiene comunicación con la pequeña desde hace 4 años ni se hace cargo económicamente. Ahora, la resolución introdujo un criterio poco frecuente en materia de derecho de familia y no tendrá que tramitar permisos para cada viaje.

Un fallo dictado en Rosario introdujo un criterio poco frecuente en materia de derecho de familia: la Justicia autorizó a una niña de 9 años a viajar al exterior junto a su madre hasta alcanzar la mayoría de edad, sin necesidad de tramitar permisos para cada viaje.
La resolución fue dictada la semana pasada por el Juzgado Unipersonal de Familia N° 7, a cargo de la Dra. Sabina Sansarricq, en el marco de una demanda que planteó un enfoque innovador, centrado en el interés superior de la niña y con perspectiva de género.
El caso tuvo origen en una situación de alto impacto emocional. La madre había planificado un viaje al exterior con su hija, pero al momento de embarcar en el aeropuerto de Ezeiza, se les informó que el padre había revocado la autorización de salida del país sin previo aviso.
La situación derivó en una crisis de angustia de la niña, quien no pudo concretar el viaje.
Prioridad por la niña
En la demanda, el abogado Lionel H. Dvoretz sostuvo que el caso debía resolverse priorizando el interés superior del niño, evitar el sometimiento de la niña a nuevas situaciones de frustración o incertidumbre derivadas de conflictos entre adultos.
Asimismo, el planteo incluyó la necesidad de aplicar una perspectiva de género, destacando el rol de la madre como principal referente en la crianza y las cargas que implicaría obligarla a iniciar trámites judiciales reiterados para cada viaje.
La decisión judicial
El jueza Sansarricq hizo lugar al planteo y consideró que exigir autorizaciones para cada salida del país generaría un desgaste innecesario, tanto emocional como jurisdiccional, y podría afectar el bienestar de la niña.
En consecuencia, resolvió autorizar los viajes al exterior con su madre hasta la mayoría de edad, bajo ciertas condiciones:
La autorización no permite fijar residencia en el extranjero.
La madre deberá informar al padre los detalles de cada viaje.
Padre ausente y viaje frustrado
Según contó el abogado, hace cuatro años que la niña no tiene relación con su padre. Además el progenitor no ha solicitado régimen de comunicación ni se hace cargo económicamente de ella.
En el 2024 el padre había firmado una autorización para que la niña pueda viajar al exterior hasta que tuviera mayoría de edad y bajo esa premisa la mamá organizó unas vacaciones en Brasil para principios de este año.
"En la Oficina de Migraciones se enteraron que el padre había revocado el poder sin aviso a la madre", dijo Dvoretz.
Un criterio que podría marcar tendencia
Dvoretz destacó que el fallo constituye un precedente novedoso, ya que este tipo de autorizaciones suelen limitarse a viajes específicos o períodos acotados.
En este caso, la Justicia adoptó una solución más amplia y favorable a la madre se encarga efectivamente de la crianza de la hija, y será el padre quien deberá acudir a la justicia si quisiera evitar un viaje de la hija.
El fallo destaca que cualquier revocación deberá tramitarse judicialmente.
Hasta el momento el padre no se opuso al fallo aunque podría apelarlo ante la Cámara de Apelaciones local.
Vínculo con el proyecto “Ley Cazzu”
El presente fallo podría ser analizado en el contexto de debates actuales en materia de derecho de familia, particularmente en relación con el proyecto conocido como “Ley Cazzu”.
Dicha iniciativa busca evitar que uno de los progenitores utilice su posición dentro de la responsabilidad parental para obstaculizar decisiones relevantes en la vida de los hijos, aun cuando no ejerza de manera efectiva las funciones de cuidado.
En este sentido, la resolución dictada por el Juzgado de Familia N° 7 de Rosario se alinea con ese enfoque, al priorizar el interés superior de la niña y evitar que situaciones conflictivas entre adultos impacten negativamente en su desarrollo emocional.
El criterio adoptado resulta innovador, ya que en lugar de exigir autorizaciones reiteradas para cada viaje, establece una autorización general hasta la mayoría de edad, desplazando la carga de accionar judicialmente hacia quien pretenda oponerse.
De este modo, el fallo constituye un antecedente relevante que refleja que el Poder Judicial puede ofrecer soluciones concretas a problemáticas que actualmente también están siendo abordadas en el ámbito legislativo.
El juez de familia Gabriel Tavip advirtió que cada fallo es único y que no se puede generalizar. "Se deben analizar todas las variables y determinar cuál es el bien jurídico a proteger".