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El Juez de Ejecución Penal de Segunda Nominación determinó que el lugar elegido para que el condenado cumpla con prisión domiciliaria no cumplía los requisitos exigidos por la ley.-  eldiariodecatamarca.com

La defensa había presentado una propuesta de alojamiento dentro del plazo otorgado por la Justicia, pero los informes socioambientales determinaron que no reunía las condiciones necesarias.

En el marco del expediente que tramita ante el Juzgado de Ejecución Penal de Segunda Nominación, relacionado con el pedido de prisión domiciliaria del cura Renato Rasgido, la defensa técnica presentó un domicilio alternativo para el cumplimiento de la medida.

La presentación se realizó dentro del plazo de 72 horas otorgado por el magistrado, luego de que se requiriera una nueva propuesta de alojamiento distinta al lugar donde Rasgido permanece actualmente de manera cautelar y provisoria.

A partir de esta nueva alternativa, se diligenciaron los correspondientes informes socioambientales con el objetivo de evaluar la viabilidad del inmueble propuesto. Tras analizar los resultados de dichas actuaciones, el juez concluyó que no se encontraban dadas las condiciones necesarias para autorizar el cumplimiento de una prisión domiciliaria en ese domicilio.

En consecuencia, el magistrado resolvió que el condenado sea trasladado al Servicio Penitenciario Provincial, donde deberá recibir los cuidados sanitarios acordes a la patología que presenta y que se encuentra debidamente acreditada en el expediente.

La medida tendrá carácter transitorio hasta tanto la defensa presente una nueva propuesta de domicilio para la eventual concesión de la prisión domiciliaria. Según se informó, cualquier nueva alternativa será puesta a consideración de la Fiscalía y de la víctima antes de que el juez adopte una decisión definitiva sobre el pedido.